Leyes chilenas
A continuación encontrarás una selección de normas legales que establecen estatutos de protección de whistleblowers.
1. Ley 21.592 (Establece un estatuto de protección en favor del denunciante de corrupción y/o faltas al principio de probidad).
- La ley establece un estatuto que protege a los funcionarios públicos que denuncian actos constitutivos de corrupción y otros actos que afecten los bienes o recursos públicos. Además se especifica cuándo y cómo denunciar, lo que ocurre una vez que la denuncia es presentada, el resguardo de la identidad, la protección ante represalias, su duración y mecanismos de respuesta ante represalias que sufra el denunciante.
2. Ley 21.480 (Ley que extiende la esfera de protección a personal de fuerzas armadas frente a denuncia por faltas a la probidad y otros delitos).
- Esta ley establece el deber y la obligación del personal de las Fuerzas Armadas de denunciar aquellas conductas que atenten contra la probidad (agrega art. 138 inc 2° del DFL 1 del año 1997), el contenido de la denuncia (agrega el art. 153-A), el establecimiento de un sistema de presentación de denuncias y que se presenta ante el superior directo, salvo que él sea el denunciado (agrega el art. 210-A). Además, sanciona como falta grave a la disciplina a quienes ejerzan represalias contra denunciantes en caso de vulneración a la probidad administrativa.
- Agrega el artículo 153-A, el cual establece que el contenido de una denuncia contra la probidad es (1) la individualización del denunciante, (2) la relación entre los hechos descritos y las personas involucradas, incluyendo a posibles testigos, y (3) cualquier otro antecedente útil para la denuncia.
3 Ley 20.205 (Ley que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de probidad).
- Establece medidas de protección al denunciante (funcionario público) como prohibición de ser objeto de medidas disciplinarias de suspensión o destitución, de traslado de localidad o funciones, o de pre calificación anual. La duración de esa protección es de 90 días después de terminada la investigación sumaria o sumario administrativo.
4. Ley 21.314 (Establece la figura del denunciante anónimo y recompensas para denunciantes en el sector corporativo).
- Establece la figura del denunciante anónimo. Resguarda la identidad del denunciante que voluntariamente colabore con investigaciones de la CMF, aportando información sustancial, precisa, veraz, comprobable y desconocida por la autoridad. Dicha colaboración busca facilitar la identificación y denuncia de actos que infrinjan las normas que sean de competencia de la CMF. Reconoce el derecho del denunciante anónimo de recibir un porcentaje de la multa aplicada por la CMF, en los procedimientos en que haya colaborado.
5. Instrucción General 065/2024, Fiscal Nacional del Ministerio Público, (Imparte instrucciones sobre implementación de la ley 21.592).
- Instrucción General del Fiscal Nacional del Ministerio Público, en que imparte criterios de actuación para la implementación de la reserva de identidad y medidas de protección solicitadas por el denunciante al amparo de la ley N° 21.592.