Con la publicación del reglamento correspondiente, el estatuto de protección del personal de la Administración del Estado entrará en vigencia el jueves 24 de octubre de 2024.
Por Joaquín Deck, Investigador Whistleblower Chile
Más de un año después de la publicación de la ley N° 21.592, que “Establece un estatuto de protección en favor del denunciante”, hoy lunes se publicó en el Diario Oficial el decreto N° 5, de 13 de febrero de 2024, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el “Reglamento que regula los aspectos técnicos, operativos y otros necesarios para la adecuada implementación y funcionamiento del canal de denuncias administrado por la Contraloría General de la República, según lo dispuesto en la ley Nº 21.592, que establece un estatuto de protección en favor del denunciante”.
Así, conforme con lo establecido en el artículo primero de las disposiciones transitorias de dicha ley, sus títulos I (“Disposiciones Generales”), II (“De las denuncias en el sector público a través del canal de denuncias de la Contraloría”), III (“De la reserva de la denuncia”), IV (“Del deber de denuncia y de las medidas de protección en favor del personal de la Administración del Estado”) y V (“Disposiciones aplicables a las entidades públicas o privadas en que el Estado o sus instituciones tienen participación o reciben subvención”), entrarán en vigencia el jueves 24 de octubre de 2024.
Si bien se cumplió con el plazo legal del trámite de dictación del reglamento correspondiente, conforme con lo establecido en el artículo segundo de las disposiciones transitorias de la misma ley, no se cumplió el plazo legal del trámite de toma de razón en la Contraloría General de la República, conforme con lo establecido en el artículo 10 de la ley N° 10.336, “Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República”. En efecto, un procedimiento administrativo que debería tomar 15 días hábiles contados desde la fecha de recepción finalmente tomó 204 días hábiles (ver registro N° 5 del sistema de tramitación de reglamentos de la Contraloría General de la República). Lo anterior representa un exceso de 1.260% respecto del plazo legal (o más de 13 veces lo estipulado).
El reglamento correspondiente fue ingresado por primera vez el 20 de febrero de 2024. Sin embargo, tras una reunión entre el Comité de Estatutos y Educación, el Centro de Informática, ambos de la Contraloría General de la República, y representantes del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el acto administrativo correspondiente fue retirado. El mismo acto administrativo -con modificaciones- fue ingresado por segunda vez el 10 de mayo de 2024. Finalmente, el acto administrativo fue tomado de razón con fecha 11 de septiembre de 2024.